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Plan de inspección de Transporte por Carretera 2021

Publicado el PLAN DE INSPECCIÓN DE TRANSPORTE POR CARRETERA 2021,  el cual tiene como finalidad el aumento de la eficacia de la función inspectora al establecer de manera sistemática las actuaciones y directrices a seguir en las operaciones de control que se van a realizar durante el año 2021.

El Plan ha sido elaborado por el Ministerio de Fomento, con la participación de todos los órganos de las Comunidades Autónomas competentes en materia de inspección, de las fuerzas de vigilancia y de seguridad en las vías públicas, especialmente de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, de los  Cuerpos de Policía autonómicos y de las Administraciones locales, de las asociaciones de transportistas y órganos de representación y del propio Comité Nacional de Transporte por Carretera.

El Plan fue elevado a la Comisión de Directores Generales de Transporte en la reunión celebrada el pasado 10 de diciembre de 2020.

Está dirigido, tanto a las empresas transportistas, como a todos aquellos usuarios relacionados con la actividad, sobre todo cuando su actuación es directamente determinante en el desarrollo de la actividad del transporte por carretera.

Algunos de los objetivos prioritarios de la inspección de transportes por carretera incluidos en el Plan son los siguientes:

·         Control del cumplimiento de las condiciones que han de reunirse para el ejercicio de la profesión de transportista atendiendo a la normativa en vigor.

·         Poner especial atención en empresas con una mayor tendencia infractora.

·         Control de la deslocalización de las grandes empresas hacia países de la UE con menos costes de explotación de la actividad, que claramente genera una situación de competencia desleal.

·         Control de la “utilización” de forma fraudulenta de las distintas formas de organización social (cooperativas de trabajo asociado), en las que no existe una verdadera relación societaria encubriendo obligaciones y responsabilidades que son exigidas a los transportistas.

·         Control sobre las áreas de negocio para el consumo colaborativo en materia de movilidad que pueden ocultar diversas formas de fraude donde existe un ánimo de lucro y encubren una actividad empresarial que deben ser considerados como servicios profesionales de transporte tanto de viajeros como de mercancías.

·         Control del transporte de viajeros en vehículos turismo (VTC).

·         Control del cumplimiento de las obligaciones de los distintos contratos de gestión de los servicios públicos de los transportes regulares de viajeros.

Todos estos objetivos habrán de llevarse a cabo tanto en las sedes de las empresas como en carretera. Con el fin de ser más efectivas, las inspecciones se realizarán en aquellos puntos donde se pueda detectar un mayor volumen de actividad de transportes como puede ser los puertos, polígonos industriales, grandes cargadoras, estaciones de autobuses, etc. atendiendo a la finalidad de cada inspección que se realice.

La entrada en vigor de la nueva normativa europea (Paquete de Movilidad), va a suponer una mayor colaboración con otras Administraciones Publicas y la adaptación de las normas estatales. La entrada en vigor del Reglamento 1054/2020 supone una mejora de las condiciones sociales de los conductores, especialmente para el transporte internacional en la ejecución de los descansos semanales y la vuelta del conductor a casa cada 4 semanas.

Durante en el año 2021 está previsto la puesta en marcha de una aplicación informática que permitirá la tramitación de los expedientes sancionadores de todas las Comunidades Autónomas de manera uniforme dando cumplimiento a lo dispuesto en la normativa de transportes nacional en su última modificación con el Real Decreto 70/2019.

Por último, no podemos dejar de señalar que sector del transporte se ha visto gravemente afectados por el brote de COVID-19, por lo que será necesario tener en cuenta las recomendaciones de la Comisión tales como disponer de unos carriles especiales para el transporte de mercancías a la hora de establecer controles de los desplazamientos, con el fin de agilizar la actividad esencial o la de llevar la documentación electrónica con el fin de evitar el contacto físico con los agentes de control.

Por lo que respecta a las principales acciones se concreta en las siguientes áreas:

1 – Inspección de las autorizaciones de transporte.

2 – Inspección de las autorizaciones de transporte.

3 – Inspección de las autorizaciones de transporte.

4 – Inspección de las autorizaciones de transporte.

5 – Inspección de las autorizaciones de transporte.

La inspección se centrará fundamentalmente en:

  • El control del Certificado Aptitud Profesional que se realizará directamente en carretera dado que el permiso de conducir determina la exigencia o no de este Certificado. Para los conductores de otros estados miembros de la Unión Europea el permiso de conducir tendrá el código comunitario 95 o en su caso dispondrán de la tarjeta de cualificación del conductor.
  • El control del Certificado Aptitud Profesional que se realizará directamente en carretera dado que el permiso de conducir determina la exigencia o no de este Certificado. Para los conductores de otros estados miembros de la Unión Europea el permiso de conducir tendrá el código comunitario 95 o en su caso dispondrán de la tarjeta de cualificación del conductor.

A partir del 1 de marzo del 2021 los centros de formación deberán disponer de los sistemas de control de acceso biométrico con las características señaladas en la Resolución de 23 de julio de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre, lo que facilitará el control de asistencia a los cursos que impartan

  • 6 – Los certificados de Conductores de terceros países. Es necesario hacer un seguimiento que demuestre que el conductor esté permanentemente dado de alta en la Seguridad Social y no es dado de baja inmediatamente después de haber conseguido el certificado.

6 – Inspección sobre servicios de transporte público ofertados en distintos medios.

7 – Excesos de peso.

8 – Inspección sobre el transporte de mercancías peligrosas.

9 – Transporte realizado por no residentes. Control del fraude.

10 – Inspección del cumplimiento de las condiciones esenciales de las concesiones en los servicios regulares de viajeros.

11 – Inspección de transporte de escolares y menores.

12 -Inspección del transporte realizado en vehículos de alquiler con conductor.