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Tráfico permitirá sacarse el carné de camión a los 18 años

La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene previsto aprobar la modificación del Reglamento General de Conductores que significará la trasposición a nuestra legislación de la Directiva 2006/16 de la Unión Europea, con varias novedades interesantes, en especial para los conductores profesionales.

Como primera novedad, el Reglamento de Conductores autorizará a conducir con el permiso B vehículos de entre 3.500 kilos –el límite actual– y 4.250 si se trata de vehículos de mercancías y el incremento de peso se debe a la conversión del mismo a energías alternativas, debido al mayor peso de las baterías. Así, se permitiría que los vehículos que se transforman para adaptarse a una movilidad más limpia y sostenible puedan seguir siendo conducidos, por el territorio nacional, con el permiso B con una antigüedad superior a dos años, siempre sin remolque.

Igualmente, se rebaja la edad mínima exigida para acceder a los permisos a partir del C, los llamados permisos profesionales. Esto responde a una necesidad de armonización con Europa y de respuesta a las necesidades de la población y de las empresas.

Más jóvenes

Por un lado, las asociaciones patronales y profesionales habían solicitado esta rebaja de la edad, para poder cubrir sus necesidades de conductores; a la vez, esta era una posible salida laboral para algunos jóvenes, por lo que se ha rebajado la edad de acceso a estos permisos (ver cuadro), teniendo en cuenta, además, la posesión o no del CAP, en sus diferentes modalidades, para rebajar más o menos la edad de acceso a los permisos profesionales.

Por último, también relativo a los conductores profesionales, se ha modificado el Anexo IV para admitir, aunque estudiadas individualmente y caso a caso, la posibilidad de conducir con adaptaciones en el caso del aparato locomotor –antes rigurosamente prohibido–. La introducción de nuevas tecnologías –por ejemplo, el cambio automático en casi todos los vehículos pesados– y la mejora de las prótesis y adaptaciones han aconsejado permitir, tras un estudio individualizado, la conducción con este tipo de adaptaciones.

Otros cambios

Además, la reforma ha introducido otras modificaciones. Por ejemplo:

• Se ha ampliado el tiempo de examen en la prueba teórica, ya que al introducir en las preguntas videos era necesario ampliar el tiempo en función de la duración del video.

• Igualmente se ha aclarado el porcentaje de error permitido en las respuestas de los aspirantes, fijando que no será superior al 10% de errores.

• En las pruebas prácticas del examen para motocicletas se ha especificado las prendas que se consideran “el equipo adecuado” con el que el aspirante debe presentarse, para evitar dudas sobre cuáles son las prendas obligatorias en el examen.

La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene previsto aprobar la modificación del Reglamento General de Conductores que significará la trasposición a nuestra legislación de la Directiva 2006/16 de la Unión Europea, con varias novedades interesantes, en especial para los conductores profesionales.

Como primera novedad, el Reglamento de Conductores autorizará a conducir con el permiso B vehículos de entre 3.500 kilos –el límite actual– y 4.250 si se trata de vehículos de mercancías y el incremento de peso se debe a la conversión del mismo a energías alternativas, debido al mayor peso de las baterías. Así, se permitiría que los vehículos que se transforman para adaptarse a una movilidad más limpia y sostenible puedan seguir siendo conducidos, por el territorio nacional, con el permiso B con una antigüedad superior a dos años, siempre sin remolque.

Igualmente, se rebaja la edad mínima exigida para acceder a los permisos a partir del C, los llamados permisos profesionales. Esto responde a una necesidad de armonización con Europa y de respuesta a las necesidades de la población y de las empresas.

Más jóvenes

Por un lado, las asociaciones patronales y profesionales habían solicitado esta rebaja de la edad, para poder cubrir sus necesidades de conductores; a la vez, esta era una posible salida laboral para algunos jóvenes, por lo que se ha rebajado la edad de acceso a estos permisos (ver cuadro), teniendo en cuenta, además, la posesión o no del CAP, en sus diferentes modalidades, para rebajar más o menos la edad de acceso a los permisos profesionales.

Por último, también relativo a los conductores profesionales, se ha modificado el Anexo IV para admitir, aunque estudiadas individualmente y caso a caso, la posibilidad de conducir con adaptaciones en el caso del aparato locomotor –antes rigurosamente prohibido–. La introducción de nuevas tecnologías –por ejemplo, el cambio automático en casi todos los vehículos pesados– y la mejora de las prótesis y adaptaciones han aconsejado permitir, tras un estudio individualizado, la conducción con este tipo de adaptaciones.

Otros cambios

Además, la reforma ha introducido otras modificaciones. Por ejemplo:

• Se ha ampliado el tiempo de examen en la prueba teórica, ya que al introducir en las preguntas videos era necesario ampliar el tiempo en función de la duración del video.

• Igualmente se ha aclarado el porcentaje de error permitido en las respuestas de los aspirantes, fijando que no será superior al 10% de errores.

• En las pruebas prácticas del examen para motocicletas se ha especificado las prendas que se consideran “el equipo adecuado” con el que el aspirante debe presentarse, para evitar dudas sobre cuáles son las prendas obligatorias en el examen.

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